Mediante decreto 216-20, presidente Danilo Medina crea Red Nacional de Servicios de Sangre
La disposición del Poder Ejecutivo fue dada a conocer por el portavoz del Gobierno y director general de Comunicación, Roberto RodrĆguez Marchena, a travĆ©s de su cuenta de la red social Twitter @RodrigMarchena.
Establece que la red estÔ integrada por el Hemocentro Nacional, los bancos de sangre públicos y privados, asà como los servicios de transfusión y organización de donantes, de acuerdo con la Ley número 42-01 General de Salud y su normativa complementaria.
Entre las funciones que ejercerĆ” el Ministerio de Salud PĆŗblica, en lo que respecta a la Red Nacional de Servicios de Sangre, se incluye lo siguiente:
- Categorizar y establecer la definición de funciones, localizaciones geogrÔficas, relaciones interregionales e interinstitucionales, el modelo de gestión y las estrategias operacionales y financieras de los integrantes de la red.
- Vincular a las instituciones de salud vinculadas a la hemoterapia, la calidad de la sangre y la promoción de la donación e integrarse a la Red Nacional de Servicios de Sangre, estableciendo los convenios y acuerdos necesarios para definir la participación y responsabilidades de cada uno.
- Realizar, por lo menos cada cuatro años, los estudios para la estimación de necesidades de sangre, sus derivados y componentes en el Sistema Nacional de Salud.

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