Mediante decreto 216-20, presidente Danilo Medina crea Red Nacional de Servicios de Sangre
La disposiciĆ³n del Poder Ejecutivo fue dada a conocer por el portavoz del Gobierno y director general de ComunicaciĆ³n, Roberto RodrĆguez Marchena, a travĆ©s de su cuenta de la red social Twitter @RodrigMarchena.
Establece que la red estĆ” integrada por el Hemocentro Nacional, los bancos de sangre pĆŗblicos y privados, asĆ como los servicios de transfusiĆ³n y organizaciĆ³n de donantes, de acuerdo con la Ley nĆŗmero 42-01 General de Salud y su normativa complementaria.
Entre las funciones que ejercerĆ” el Ministerio de Salud PĆŗblica, en lo que respecta a la Red Nacional de Servicios de Sangre, se incluye lo siguiente:
- Categorizar y establecer la definiciĆ³n de funciones, localizaciones geogrĆ”ficas, relaciones interregionales e interinstitucionales, el modelo de gestiĆ³n y las estrategias operacionales y financieras de los integrantes de la red.
- Vincular a las instituciones de salud vinculadas a la hemoterapia, la calidad de la sangre y la promociĆ³n de la donaciĆ³n e integrarse a la Red Nacional de Servicios de Sangre, estableciendo los convenios y acuerdos necesarios para definir la participaciĆ³n y responsabilidades de cada uno.
- Realizar, por lo menos cada cuatro aƱos, los estudios para la estimaciĆ³n de necesidades de sangre, sus derivados y componentes en el Sistema Nacional de Salud.
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